¿Falleció tu concubino? Esto es lo que TENÉS QUE SABER sobre la herencia en Argentina

Muchos concubinos que viven en pareja y nunca formalizaron su relación mediante el matrimonio se preguntan qué derecho tienen ante un fallecimiento. En este sentido, es importante tener presente que el concubinato se encuentra dentro del Código Civil y Comercial e implica derechos y obligaciones para los concubinos.
Qué significa el concubinato, según la ley
En nuestro país, las parejas que viven juntos y cuentan con un proyecto de vida común pueden tener un vínculo legal sin necesidad de estar en matrimonio. Se trata de la unión convivencial o concubinato, el cual puede quedar registrado según el Código Civil y Comercial que rige en nuestro país.
La utilidad de este es para que, sin tener la magnitud de un matrimonio, implica que el concubino tiene ciertos derechos y obligaciones legales hacia su pareja.
Por ejemplo, en caso de estar trabajando en relación de dependencia, el concubino puede ser inscripto como dependiente y adquirir la cobertura de salud de su pareja. Para declarar un concubinato, se debe cumplir con ciertos requisitos. Por ejemplo, según lo detallado en el artículo 509 del Código Civil y Comercial de la Nación.
“Un concubinato es la unión afectiva entre dos personas que no se casan, pero conviven y comparten un proyecto de vida en común durante un mínimo de 2 años”. Además, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ambos integrantes tienen que ser mayores de edad
- Pueden ser de igual o distinto sexo
- No pueden ser parientes
- No pueden estar casados ni tener registrada otra unión convivencial al mismo tiempo
- La relación tiene que ser pública, notoria, estable y permanente
Esto último, en el caso de querer un certificado de convivencia, se debe demostrar llevando dos testigos que deberán dar fe de que la relación es real y de que el proyecto de vida conjunto existe. Además, los testigos tienen que cumplir con los siguientes requisitos:
- Deben ser mayores de 18 años
- No pueden ser familiares de ninguno de los 2 miembros de la pareja
- De cumplirse, es necesario presentar el Documento Nacional de Identidad de cada uno y una constancia de residencia (el recibo de algún servicio como luz, gas, agua, entre otros, que certifique la dirección en dónde vive la pareja en el país) y el pago de las unidades tributarias correspondientes, en el que los concubinos registran su vínculo en un registro civil
Qué derecho a herencia tiene un concubino
Con respecto al matrimonio y el concubinato es que este último no genera derecho a herencia. Es decir, incluso si una pareja convivió toda su vida, no adquiere bajo la ley argentina derecho a herencia de los bienes de la otra persona en el caso de que fallezca.
Por ejemplo, si una pareja con dos hijos convivió durante 40 años y nunca se casa, oficialmente la herencia del primero de ellos que fallezca pasará al familiar más cercano, de primer orden, que serán sus hijos. Si no contrajeron matrimonio, ellos son los familiares de primer orden, no la pareja.
Además, la persona que sobrevive a su concubino solo tiene derecho a recibir una pensión tras el fallecimiento si han convivido por cinco años o por 2, en el caso de tener hijos en común. En otras palabras, no es simplemente un derecho a recibir una pensión por la jubilación del fallecido, como ocurre con los cónyuges en un matrimonio.
No obstante, existen algunos derechos que se adquieren con el concubinato. Por ejemplo, luego de que la unión convivencial se encuentre registrada en el Registro Civil, ninguna de las partes podrá vender la vivienda familiar sin el consentimiento del otro.
Al mismo tiempo, en caso de fallecimiento del miembro de la pareja que es propietario de la vivienda compartida, siempre que la otra persona no tenga una vivienda o medios para procurársela, puede continuar viviendo en ella por el plazo máximo de dos años.
Sin embargo, ese derecho de continuar en la vivienda se puede perder antes de los dos años en caso de formar en ese tiempo un nuevo concubinato, contraer matrimonio, adquirir una vivienda o recursos para obtenerla.
En el hipotético caso de que uno de los dos concubinos muere a manos de terceros, la persona puede demandar judicialmente a quien le ocasionó la muerte, reclamando principalmente alimentos y daño moral, como si fueran esposos en un matrimonio tradicional.
La forma más simple para que la herencia pase al conviviente es que se lo nombre explícitamente en el testamento. En otras palabras, en vida, la ley permite que una persona designe en un testamento a sus herederos o cómo desea que se repartan sus bienes luego de su muerte.
Cabe mencionar que, si bien esta alternativa no se encuentra libre de la posibilidad de que un familiar directo demande por las herencias de la persona fallecida, pero es una forma simple de dejar la herencia asegurada para el concubinato, sobre todo en aquello que tiene que ver con la vivienda compartida.
En este punto, es clave resaltar que en el testamento solo se puede dejar en herencia hasta un 33% de los bienes de una persona. El restante 70% será para lo que se llama “herederos forzosos“, que, en principio, son los hijos, padres, hermanos, sobrinos, salvo que se pueda demostrar que estos últimos son “indignos” para heredar a causa de estafa, destrato, agresiones, entre otros motivos.
Por esta razón, muchas parejas que conviven durante décadas terminan contrayendo matrimonio en la última etapa de sus vidas para facilitar el trámite de herencia en el caso de fallecimiento de uno de ellos.