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¿Cuánto tiempo hay que trabajar para recibir AGUINALDO?



El aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario (SAC), es un derecho laboral fundamental en la Argentina que genera gran expectativa entre los trabajadores hacia mitad y fin de año. Se trata de un pago adicional al salario que debe ser abonado por ley en dos cuotas y que busca brindar un alivio económico en momentos claves del calendario.

Sin embargo, no todos reciben la misma cantidad ni en las mismas condiciones, especialmente aquellos que no trabajaron el semestre completo. Entonces, surge una duda recurrente, ¿cuánto tiempo hay que haber trabajado para cobrar el aguinaldo?

¿Qué es el aguinaldo y cómo se determina su pago?

El aguinaldo es un beneficio económico obligatorio que deben percibir todos los trabajadores registrados del país, tanto del sector público como privado, así como jubilados y pensionados. Su finalidad es mejorar el poder adquisitivo del trabajador, sobre todo en momentos donde el gasto suele incrementarse, generalmente a mitad de año, previo a las vacaciones de invierno y en diciembre, justo para las fiestas de fin de año.

Este extra salarial se abona dos veces al año:

  • La primera cuota se paga hasta el 30 de junio;
  • La segunda cuota debe abonarse antes del 18 de diciembre.

El monto del aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual bruta percibida en cada semestre. En términos prácticos, se toma el sueldo más alto cobrado entre enero y junio (para la primera cuota) o entre julio y diciembre (para la segunda), y se divide por dos.

¿Cuánto tiempo tengo que trabajar para acceder al aguinaldo?

Para acceder al aguinaldo completo, el trabajador debe haber prestado tareas durante todo el semestre correspondiente. Es decir:

  • De enero a junio para la primera cuota.
  • De julio a diciembre para la segunda.

No obstante, si el vínculo laboral comenzó luego del inicio del semestre o si el empleado se desvinculó antes de concluirlo, el aguinaldo se liquida de forma proporcional al tiempo trabajado.

Por ejemplo, si un trabajador ingresó a una empresa en septiembre, solo recibirá el aguinaldo proporcional por los meses efectivamente trabajados en el segundo semestre del año.

Cómo calcular el aguinaldo

Para quienes trabajaron todo el semestre:

  • Se identifica cuál fue el mes con mayor salario bruto entre los meses del semestre correspondiente.
  • Ese monto se divide por dos, obteniendo así el aguinaldo bruto.
  • Luego, se descuentan los aportes obligatorios:

  1. 11% de jubilación.
  2. 3% de PAMI.
  3. 3% de obra social.
  4. 2% de sindicato (o el porcentaje estipulado por convenio).

El resultado final es el aguinaldo neto en mano que se deposita al trabajador.

Si el sueldo percibido en diciembre (o en junio para la primera cuota) fuese superior al utilizado para calcular el aguinaldo, el empleador deberá pagar la diferencia correspondiente en el mes siguiente (enero o julio, según el caso).

Para quienes no trabajaron todo el semestre:

  1. En estos casos, el cálculo varía y se realiza de la siguiente manera:
  2. Entre los recibos disponibles del semestre, se identifica el mes con mayor remuneración bruta.
  3. A ese monto se lo divide por dos para determinar el aguinaldo bruto.
  4. Luego, se aplica esta fórmula:

(Aguinaldo bruto / 180) x cantidad de días trabajados en el semestre.

Por ejemplo, si la mayor remuneración fue de $500.000:

  • Se divide por 2: $250.000 (aguinaldo bruto).
  • Se divide por 180: $1.388,88 por día trabajado.
  • Se multiplica por los días trabajados (por ejemplo, 120): $166.666,66.

Ese monto será el aguinaldo bruto proporcional. Luego, se le restan los descuentos de ley para obtener el aguinaldo neto proporcional.

¿Quiénes tienen derecho a cobrar el aguinaldo?

El aguinaldo está destinado a:

  • Trabajadores registrados del sector público y privado;
  • Jubilados y pensionados.

Todos ellos reciben el 50% del mejor salario mensual de cada semestre, conforme lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.

En el caso de los trabajadores de pequeñas y medianas empresas, existe una excepción prevista en la Ley 24.467, que permite que los convenios colectivos de trabajo habiliten el pago del aguinaldo en tres cuotas anuales. Este fraccionamiento solo está permitido si lo estipula el convenio correspondiente y si el empleador lo comunica dentro del primer trimestre del año.

Por ejemplo, el Convenio Colectivo 389/2004 de la actividad gastronómica (hoteles y restaurantes) contempla esta modalidad, dividiendo el aguinaldo en tres períodos cuatrimestrales.

¿El aguinaldo incluye el sueldo de bolsillo o el sueldo bruto?

Es importante aclarar que todos los cálculos del aguinaldo se realizan con base al salario bruto, es decir, antes de los descuentos. El sueldo neto (o en mano) será menor debido a las retenciones mencionadas anteriormente.





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