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Lanzan nueva herramienta para revisar la segmentación de subsidios energéticos



El Gobierno nacional estableció un nuevo mecanismo para consultar y revisar la categoría de segmentación de subsidios energéticos en la que se encuentra cada usuario.

La medida fue oficializada a través de la Resolución 218/2025 de la Secretaría de Energía, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La normativa instruye a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a desarrollar una herramienta digital que permita a los usuarios verificar en cualquier momento su nivel de segmentación. Además, se habilitará un canal de solicitud de revisión mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Quienes no tengan acceso digital o necesiten ayuda podrán gestionar el trámite de forma presencial en las oficinas de la ANSES.

La medida se enmarca en la emergencia del Sector Energético Nacional —vigente hasta el 9 de julio de 2025— y en la emergencia pública, tarifaria y social que rige hasta el 31 de diciembre del mismo año. Estas condiciones facultan a la Secretaría a redefinir el esquema de subsidios para garantizar el acceso al consumo básico de energía.

Además, se extiende hasta el 31 de mayo de 2025 el Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados.

Uno de los ejes de la resolución es la aprobación de nuevos lineamientos para evaluar las solicitudes de revisión de categoría en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), a través del nuevo procedimiento.

También se refuerzan las acciones para mejorar la focalización y reducir errores de inclusión. Según el Gobierno, se detectaron casos de usuarios registrados como de bajos ingresos (Nivel 2) cuyas propiedades —como clubes de campo con altas expensas— evidencian un poder adquisitivo elevado.

Por ello, la Subsecretaría podrá establecer indicadores patrimoniales que reflejen el nivel de ingresos real. Además, se intensificará el cruce de datos entre lo declarado y lo registrado en bases nacionales y provinciales como el SINTyS y ANSES, para detectar ingresos no declarados o activos incompatibles con la percepción del subsidio.

Estas tareas se llevarán adelante respetando la normativa de protección de datos personales.

Los usuarios que ya se hayan inscripto en el RASE no deberán volver a hacerlo, salvo que necesiten actualizar los datos de su grupo conviviente.

Finalmente, la resolución advierte que, en caso de detectarse falsedades en las declaraciones juradas o acceso fraudulento al beneficio, se podrá excluir al usuario, exigir la devolución del monto subsidiado con intereses y aplicar otras sanciones legales

Con información de NA





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