ARCA establece el nuevo monto a pagar por los aportes de los autónomos

ARCA informó, a través de su página web, los nuevos valores de los aportes a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos a partir de mayo 2025
15/05/2025 – 06:20hs
ARCA informó, a través de su página web, los nuevos valores de los aportes a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos a partir del período devengado mayo 2025, con vencimiento en junio 2025.
AFIP autónomos: valores de los aportes devengado mayo 2025
A continuación, los nuevos valores:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías:
- I $ 53.255,69
- II $ 74.556,83
- III $ 106.510,46
- IV $ 170.416,66
- V $ 234.321,98
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
Categorías
- I’ (I prima) $ 58.248,41
- II’ (II prima) $ 81.546,53
- III’ (III prima) $ 116.495,82
- IV’ (IV prima) $ 186.393,22
- V’ (V prima) $ 256.289,66
Hasta marzo de 2024, los aportes de los autónomos se actualizaban cada tres meses, en marzo, junio, septiembre y diciembre 2024, los aportesde los autónomos se actualizarán de acuerdo al índice de aumento de los haberes jubilatorios.
Por el DNU 274/2024, a partir de abril de 2024, la nueva fórmula de movilidad jubilatoria tiene un mecanismo de actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General de Índice de Precios al Consumidor.
¿En qué consiste el régimen de trabajadores autónomos ARCA?
Los “autónomos” son los ciudadanos que realizan una actividad económica, de forma habitual, personal y directa a título lucrativo, sin contrato de trabajo.
El régimen es previsional, es decir que contempla el pago de aportes para el acceso del trabajador a las prestaciones de la seguridad social, las mismas a las que accedería si trabajara en relación de dependencia, a través de los aportes personales y las contribuciones patronales, excepto las asignaciones familiares. Permite al trabajador, alcanzada la edad o los requisitos necesarios, acceder a una jubilación o pensión.
Paralelamente, los trabajadores autónomos quedan comprendidos en el régimen general impositivo, debiendo realizar la inscripción correspondiente en el Impuesto a las Ganancias y en el IVA.
¿Cuál es la diferencia con el Monotributo ARCA?
El monotributo es un régimen opcional que sustituye el pago de IVA y Ganancias y lo unifica con los aportes jubilatorios y la obra social.
Quienes cumplan con los requisitos y condiciones, pueden optar por su inscripción en el Régimen Simplificado, quedando eximidos de la obligación de inscribirse como autónomos.
Las personas que superen el nivel de facturación máximo para ser monotributista, desarrollen actividades que no se encuentran contempladas en ese régimen, realicen importaciones para su posterior comercialización, vendan artículos con un precio unitario mayor al permitido en el monotributo, desarrollen más de 3 actividades o posean más de 3 unidades de explotación, deberán obligatoriamente inscribirse como autónomos.
Inscripción de autónomos ARCA
Para inscribirte como autónomo tenés que tener CUIT y clave fiscal. Luego debés ingresar al servicio con clave fiscal “Sistema Registral”, menú “Registro tributario”, opción “Empadronamiento autónomos”.
Luego de completar los datos requeridos, el sistema generará la credencial para el pago que contendrá el Código de Registro Autónomo (CRA) correspondiente a la categoría de revista declarada.
Al momento de realizar la inscripción se realiza una categorización inicial, en base a la actividad a desarrollar.
En el mes de mayo de cada año, además, se debe cumplir con la obligación de recategorización, teniendo en cuenta los ingresos brutos obtenidos en el año anterior.