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“En Punta Tombo se cometió una masacre de pingüinos” | La Cámara de Apelaciones de Chubut dejó firme la sentencia contra un empresario



La Cámara de Apelaciones de Trelew (Chubut) rechazó el pedido de nulidad del proceso y la
suspensión de juicio a prueba solicitados por Ricardo La Regina, empresario ganadero declarado culpable por la muerte de cientos de pingüinos Magallanes y la destrucción cerca de 200 nidos cerca de la Reserva Natural Punta Tombo (Chubut) durante 2021.

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdAA), Fundación GreenPeace Argentina y Fundación Patagonia Natural querellantes de la causa originada en 2022– celebraron que la Justicia chubutense haya reafirmado este “fallo histórico”.

La sentencia del tribunal de primera instancia había acreditado la responsabilidad del acusado por el desmonte de flora nativa y
la apertura ilegal de caminos mediante el uso de maquinaria pesada ocurrida entre
agosto y diciembre del 2021. Las organizaciones probaron que esto produjo la destrucción de nidos, la muerte de más
de un centenar de pingüinos y el daño a una colonia entera en plena temporada
reproductiva.

Un firme precedente

“Este fallo no sólo impuso una condena ejemplar, sino que también sienta un
precedente en la defensa de los ecosistemas del país. El uso del término ‘ecocidio’ por uno de los jueces del tribunal es innovador.
Es un término que el campo
ecosocial impulsa desde hace años, pero que la legislación argentina aún no
tipifica como delito”, sostuvo Lucas Micheloud, co-director ejecutivo de la Asociación
Argentina de Abogados/as Ambientalistas.

Cuando se conoció que La Regina apeló su condena, Micheloud le explicó a Página/12 lo importante de la sentencia de primera instancia. Para él, el bien jurídico que se protegió con la condena fue el ambiente, ya que se reconoció que “había un daño ambiental agravado, que había un daño sobre el ambiente, sobre los ecosistemas. Esto es lo novedoso, lo inédito, lo histórico”.

Así, con la reafirmación de la sentencia, declaró: “Con este caso probamos que nadie es
dueño de la naturaleza. Si bien los bienes comunes están dentro de propiedad
privada, quien destruye los ecosistemas comete un delito contra toda la sociedad.

Este nuevo fallo lo evidencia y marca un límite frente al avance de prácticas
extractivas y destructivas”. La Regina deberá cumplir, entonces, los tres años de prisión de
ejecución condicional a los que fue condenado.

La necesidad de ampliar la protección

En esta línea, Matías Arrigazzi, especialista en biodiversidad de Greenpeace Argentina comentó: “Una vez más, queda demostrado que este caso fue un claro ejemplo de daño directo a los pingüinos y la naturaleza y, gracias al accionar de la justicia, no quedó impune. Sin embargo, la protección al ambiente debe ampliarse y respetarse y por eso es necesario avanzar a nivel nacional en la penalización de los delitos ambientales“. 

La Regina también deberá cumplir con reglas de conducta estrictas, como  la prohibición
de transitar con vehículos de gran porte en zonas sensibles al ecosistema, la prohibición de realizar
obras sin autorización e informes de impacto ambiental aprobados por las
autoridades provinciales y la
obligación de colaborar con tareas de restauración ambiental en la estancia La
Perla, donde sucedieron los hechos penados.

Durante 2021, el empresario construyó caminos con una retroexcavadora en su estancia La Perla –lindante a la Reserva Natural Punta Tombo– hacia el mar e instaló un alambrado electrificado de 900 metros. Esto provocó que más de cien pingüinos Magallanes murieran aplastados junto con sus huevos y que, a la vez, se bloqueara el camino natural de los que sobrevivieron.

Por esto, el fallo original –determinado por los jueces María Martini, Eve Ponce y Carlos Richieri— concluía: “este tribunal colegiado por unanimidad falla declarando a Ricardo La Regina como autor penalmente responsable de los delitos de daño agravado, un hecho en modalidad de delito continuado, en concurso ideal con el delito de crueldad animal“. Además, la sentencia ordenó el decomiso –es decir, la privación definitiva sin resarcimiento– de la retroexcavadora utilizada para
perpetrar los delitos constatados
, reconociendo su rol instrumental en la ejecución
de los hechos.  

José María Musmeci, presidente de Fundación Patagonia Natural explicó: “Con esta decisión, la justicia es clara: cualquier actividad que atente contra la
protección de los ecosistemas y su biodiversidad no quedará impune. Este es un
caso testigo. Es un ejemplo que esperamos se aplique en el resto de la Patagonia
en un principio para establecer normas claras para la protección de los
ecosistemas y su biodiversidad
”. De esta forma, este caso generó jurisprudencia para avanzar en las carátulas de protección ambiental con la mención de “ecocidio”, la condena y su reafirmación.

Informe: Natalia Rótolo.



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