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Fábricas de bebés: turismo reproductivo y negocios millonarios en Argentina | La gestación por sustitución: un vacío legal que deja en riesgo a las mujeres



El fragmento de una entrevista a Marley se volvió viral. En él, el conductor relataba entre risas un momento del parto en el que nació su segunda hija a fines del año pasado. Al parecer, el obstetra le consultó a él qué hacer frente al sangrado intenso que estaba sufriendo la mujer que gestó a la beba con material genético del conductor, a cambio de dinero, en lo que se conoce coloquialmente como “alquiler de vientres” y, técnicamente, como “gestación por sustitución”. El médico, al parecer, le proponía aplicar un método “como una aspiradora” que podría ayudar a la mujer a acelerar su parto, que empezaba a complicarse. La respuesta de Marley fue: “Yo quiero que nazca natural”. El episodio trae muchas preguntas sobre cómo son concebidas las mujeres en estas prácticas y también volvió a poner en agenda el tema, puntualmente, sobre qué está pasando en Argentina, un territorio que, para los especialistas, se volvió fértil al turismo reproductivo.

En Argentina existe un vacío legal que permite que clínicas y agencias internacionales exploten a mujeres vulnerables para ofrecer servicios de “turismo reproductivo” a parejas —pero también, individuos— extranjeras. Por supuesto a esta práctica también recurren los locales. En estos momentos se investigan, en la Ciudad de Buenos Aires, la Provincia de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba, casos de trata de personas con fines de explotación a través de la gestación por sustitución, con sospechas de falsificación de documentos —entre otros delitos— y contratos que obligan a las gestantes a no revelar nada de lo que hacen.

A fines del año 2024, el Ministerio Público Fiscal solicitó declaraciones indagatorias en lo que consideró un caso de trata de personas con fines de explotación mediante la gestación por sustitución. La solicitud está dirigida a la jueza federal María Eugenia Capuchetti, y fue presentada por los fiscales María Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Se sospecha que responsables de la clínica, médicos, abogados y otros actores están involucrados en un negocio ilícito y transnacional que funcionó por lo menos desde 2018 hasta el 3 de junio de 2024. Esos centros de fertilidad argentinos habrían estado trabajando en complicidad con agencias internacionales: algunos de los señalados son Donors Overseas, Surrogacy 365, Gaia Surrogacy, MAHRTA, SudAmerica Surrogacy, Ovodonors, Halitus, Gestanza, CEGYR, PROAR, Fecunditas e IFER.

Desde octubre hasta abril de este año, más allá de los allanamientos y los pedidos de indagatoria, no hubo demasiados avances. Fue por eso que la Fiscalía insistió en mayo. Ya están por cumplirse tres semanas desde ese último requerimiento y la solicitud sigue sin respuesta.

La ganga de ser incubadoras

El modus operandi es casi siempre el mismo. Se captan gestantes mayormente a través de las redes. Las clínicas de fertilidad y sus asesores legales falsifican documentos en los que se asegura que existe un vínculo de amistad de larga data entre los padres comitentes y las gestantes. En verdad, no se conocen. Los padres comitentes entran en contacto con la Argentina a través de agencias internacionales que los conectan con los centros locales de cooptación de gestantes. En general, ellas firman contratos de confidencialidad, en los que se comprometen a no comentar el tema con nadie.

Solo con fines de registrar al bebé se declara una relación “solidaria” entre la gestante y los padres que, en verdad, no es tal. Los testimonios y datos recolectados en la investigación permiten establecer “la hipótesis de trata de personas con fines de reducción a la servidumbre”, aseguran las fuentes judiciales.

Las mujeres cooptadas por estos métodos pertenecen a las franjas socioeconómicas más vulnerables. Hasta es posible encontrar papelitos en las calles, como aquellos con los que se ofrece trabajo sexual, que prometen que transformarse en “vientre sustituto” las va a convertir en millonarias.

Pero en verdad, los montos que se les ofrecen rondan los 10 mil dólares, más un plus “en caso de cesárea” que varía entre los 1.000 y 2.000 dólares. Muchas de las mujeres han denunciado que, una vez que cumplen la tarea de parir, son dejadas a su suerte, sin cuidados médicos ni seguimiento posparto. Durante el reclutamiento se les exige, por lo menos, dos requisitos: ser menores de 36 años y ya haber gestado con anterioridad. Se les advierte, además, que en caso de perder el embarazo, las empresas involucradas no pagarán más que los meses de gestación que hasta ese momento hayan sido abonados.

Para muchas de las gestantes, según consta en la investigación, estos tratamientos trajeron consecuencias para su salud, tanto física como psíquica. Algunas llegaron a atravesar hasta tres embarazos seguidos, sin que transcurra el tiempo sugerido por los médicos entre el parto de un bebé y la nueva transferencia de embriones.

La subrogación es tierra de nadie

“El problema es que acá en la Argentina hay un vacío legal. Ni la Ley N.º 26.862 de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, ni el Código Civil y Comercial de la Nación regulan la gestación subrogada. No está regulada, ni prohibida, y se lleva adelante igual. Con un detalle clave: la mujer que acepta esa subrogación se supone que debe hacerlo de modo altruista“, explica Marisa Herrera, abogada especialista en Derecho de Familia.

“En la Argentina es obligatoria la intervención de la justicia de familia para autorizar u homologar los procesos de maternidad subrogada. El escenario es diferente en la Ciudad de Buenos Aires, donde alcanza con un acuerdo ante escribanos públicos y la inscripción del bebé en el Registro Civil como hijo de la persona que se quedará con el bebé“, agrega Herrera.

Desde 2018, las inscripciones de menores nacidos por gestación por sustitución han aumentado exponencialmente en la Ciudad de Buenos Aires. En 2023, casi el 40 % de estas inscripciones correspondieron a comitentes extranjeros. En la mayoría de los casos, no hay vínculo afectivo entre los comitentes y las gestantes, sino que intervienen empresas con fines económicos. Los datos preliminares de 2024 muestran que la tendencia sigue en aumento.

Este año se cumplen diez de la puesta en vigencia del nuevo Código Civil. Entre otros cambios importantes en relación con las formas de constituir familia por fuera de lo que se conoce como “tipo”, la reforma del Código formalizó nuevos conceptos, como “voluntad procreacional”: criterio según el cual se considera que los nacidos por técnicas de reproducción asistida son hijos de quien da a luz y de la persona —hombre o mujer— que también “ha prestado su consentimiento previo, informado y libre” a la práctica médica, con independencia de quién haya aportado los gametos.

“Cuando dimos el debate, se armó un revuelo enorme, primero por gran parte de la Iglesia católica, porque esto permitía que dos hombres, o un hombre solo, pudiera ser padre. Ataques esperables. Pero lo que sí me preocupaba era que parte del feminismo, movimiento del que formo parte, se había puesto en contra. También los medios de comunicación tuvieron mucho que ver en esto. Pero bueno, nuestra respuesta a la necesidad de regularlo era: ‘la falta de ley le hace juego al mercado, porque lo que la ley no regula lo termina regulando el mercado. Y ahí sabemos quiénes son los que pierden’”, recuerda Herrera. Y continúa: “Ese sector del feminismo hablaba en ese momento —y en parte lo sigue haciendo— de la subrogación como una forma moderna de explotación del cuerpo de la mujer. Y la respuesta era: suponiendo que así sea —aunque yo no creo que en el cien por ciento de los casos lo sea—, siempre es mejor plantearse regular, porque al regular vos podés dar un marco de legalidad a todo esto y, en definitiva, ponés límites al mercado”.

Quienes proponían la regulación planteaban hacer una acción judicial previa, de modo que ningún centro médico pudiera llevar adelante la gestación sin una autorización judicial. Se diferenciaba así de las técnicas de reproducción ordinarias, en las que la mujer que se somete a esas prácticas es la misma que va a gestar para tener un hijo porque tiene problemas de fertilidad, más allá de que lo haga con sus propios óvulos u óvulos donados. En esos casos, no hacía falta pedirle autorización a nadie. Pero en la acción ‘extraordinaria’, que es la gestación por sustitución —en la que se compromete la salud y la vida de otra persona—, sí se proponía que fuese obligatoria una autorización judicial previa.

“En ese tipo de casos nos parece que sí está bien que haya una intervención del Estado, a través de la justicia de familia, especializada, con equipo técnico, para evaluar varios requisitos”, dice Herrera en conversación con este diario. Los requisitos que figuraban en el proyecto de 2015 eran: que la gestante supiera qué implica dar un consentimiento informado; que haya tenido un hijo previamente, para conocer lo que implica un embarazo; que la gestante nunca aporte su material genético, “porque los casos que veíamos en el derecho comparado se arrepentían cuando tenían su propio material genético”.

Y, por último: que nadie pudiera hacerlo más de dos veces. Por lo cual, “si de última era un negocio, no vas a poder hacerlo más de dos veces, porque ya la ley te ponía un límite”.

Cómo proteger al eslabón más débil

Finalmente, la regulación de la gestación por sustitución quedó fuera del Código, y siguieron apareciendo, como hasta entonces, casos aislados que llegaban a la justicia, en su mayoría de parejas heterosexuales, con el hecho consumado. El caso más típico incluía a una pareja heterosexual con un bebé con material genético de ambos, que había sido gestado por otra mujer. Al nacer, el bebé había sido inscripto con el nombre de la gestante. “El mecanismo es: ya con el bebé en brazos, presentarse ante el juez y pedir impugnar la maternidad. Al niño se le hace un ADN y queda comprobado quiénes aportaron el material genético. El niño, en general, ya está viviendo con sus padres, y la donante, además, manifiesta que no tiene intención de criarlo. Ya es tarde en esos casos, con los hechos consumados, para ponerse a investigar qué pasó ahí. Si la mujer lo hizo con consentimiento informado, si sabía lo que implicaba, si hubo una transacción. Hoy por hoy, no hay herramientas en estos casos para proteger a la gestante“, relata la jurista Marisa Herrera.

Regular, instando a las personas a hacer un proceso judicial previo, da la posibilidad de que la justicia pueda evaluar. “Las personas deberían presentarse y explicar qué es lo que quieren hacer. Habría un equipo interdisciplinario evaluando que la relación que dicen tener es la que tienen”. Y que la gestante sepa a qué se somete y a qué se arriesga llevando adelante un embarazo a pedido de otras personas. “Implicaba abordarlo no solo desde una cuestión jurídica, sino desde una visión psicosocial”.

Herrera, además, plantea la necesidad de dejar de pensar este tema desde el punto de vista moral. Y dice que es imposible hablar de la gestación por sustitución en términos absolutos. Hacerlo impide, por un lado, proteger efectivamente a las mujeres y, por otro, plantea la victimización como único modo de abordaje posible. “Yo no gestaría para nadie, pero yo no tuve esa historia de vida. Tengo hijos biológicos, fue muy fácil. Conozco muchas parejas gay, donde la hermana de uno de ellos quiere gestar. ¿Está mal? ¡Qué sé yo! No es todo blanco o negro. Los números que se judicializaron nos dan que un 35 % son parientes, un 30 % son esos ‘extraños’ casos de ‘una conocida'”.

El turismo reproductivo en Argentina

En 2017 se inició una medida colectiva en la Ciudad de Buenos Aires para que los casos de gestación en esa jurisdicción pudieran esquivar la interferencia de la justicia, es decir, que se inscriban directamente en el Registro Civil, de manera preventiva. La medida garantizaba que los bebés que nacieran en CABA fueran inscritos de manera provisoria a nombre de los padres comitentes, es decir, quienes manifestaran voluntad procreacional, y no de la gestante. Esa cautelar estuvo vigente hasta junio de 2024, y durante ese período (2017–2024) crecieron exponencialmente los casos.

“Uno de los problemas es que los niños tenían que nacer en la Ciudad, por lo cual empezaron a llegar de todos los puntos del país. Y también del extranjero. Empezaron a venir casos de afuera de Capital para poder tener el pacto acá y que la inscripción fuera directa”.

El hecho de que la cautelar se haya caído permite inscribir esta práctica como delito: «En el Código Penal no existe la gestación por sustitución, entonces entra como trata de personas, como explotación comercial, como la explotación laboral de las mujeres gestantes”.

Para la investigación en curso sobre el entramado en el que están implicados centros de fertilidad argentinos que captan gestantes, con agencias internacionales que les venden el paquete de turismo reproductivo a parejas extranjeras, este sofisticado esquema de negocios funcionaba como “holdings” empresariales dedicados a una actividad ilícita, “donde una o más agencias, una clínica de fertilidad, abogados y notarios cumplían roles distintos, aunque mancomunados y con conocimiento de toda la operatoria”.

“Su propósito era aprovecharse tanto de las necesidades socioeconómicas que pueden atravesar un sinnúmero de mujeres en nuestro país, como de la débil regulación nacional en la materia y registral en esta ciudad, para hacer de la República Argentina un lugar de ‘turismo reproductivo’ al cual arriban parejas de naciones mayormente desarrolladas, sin ningún vínculo jurídico o sociocultural con nuestro país, al solo efecto de inscribir e inmediatamente retornar a su lugar de origen con la niña o niño nacido a partir de la explotación de la gestante”, dicen fuentes judiciales.

La hipótesis de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, finalmente, es que, en estas condiciones, sin ley, la práctica de gestación por sustitución de carácter comercial en Argentina equivale a la venta de niños.



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