qué deudas se pueden incluir, a qué tasa y desde cuándo

ARCA lanza un nuevo plan de pagos. Desde el 1 de julio se van a poder regularizar las deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2025 inclusive
11/06/2025 – 19:38hs
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanza un nuevo plan de pagos. Desde el 1 de julio se van a poder regularizar las deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2025 inclusive.
ARCA nuevo plan de pagos: los detalles
Se podrán incluir en el nuevo plan:
- Obligaciones impositivas
- Seguridad social
- Tributos aduaneros (incluyendo multas)
Al nuevo plan de ARCA podrán adherirse personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y el resto de los contribuyentes
A continuación, las principales condiciones del nuevo plan de pagos de ARCA
- Sin límite en la cantidad de planes
- Tasa fija: 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente
- No se reducen intereses ni sanciones
- Adhesión hasta el 30/12/2025
Las cuotas del nuevo plan de pago de ARCA serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000. El plan caducará a los 60 días corridos desde que se verifique la falta de pago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas
Nuevo plan de pagos ARCA: detalle por tipo de contribuyente
- Personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud:
- Pago a cuenta: 10%
- Hasta 60 cuotas
- Medianas empresas (tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas):
- Pago a cuenta: 15%
- Hasta 48 cuotas
- Resto de los contribuyentes:
- Pago a cuenta: 20%
- Hasta 36 cuotas
La Resolución General que implementa el nuevo plan de pagos se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial.
ARCA: nuevas pautas para los embargos
Por otra parte, ARCA hizo oficial la nueva medida que comienza a implementar respecto a embargos y ejecuciones fiscales, ya que, desde ahora, hay un plazo a cumplir antes de dar curso al proceso. Las modificaciones se dieron a conocer este miércoles en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA).
En este contexto, el punto trascendental a realizar antes de iniciar el embargo es que, se deberá esperar un tiempo mínimo de 48 horas antes del vencimiento el cual servirá para exponer las excepciones consideradas por las personas implicadas. Además, abrió un abanico en las formas de pago que facilita el mismo.
La noticia sobre los cambios en ARCA a la hora de realizar un embargo, la dio a conocer el organismo público nacional mediante la comunicación publicada en el Boletín Oficial, a través de la Disposición 120/2025. El alcance de la medida brinda un nuevo esquema de plazos y notificaciones expandiendo el margen para que los contribuyentes regularicen su situación con el fin de que la medida los perjudique.
El cambio más trascendente y considerable que se vio modificado por la Disposición 120/22025 es el nuevo plazo que da ARCA al contribuyente de 48 horas para regularizar la deuda de manera voluntaria para no llegar a la instancia del embargo. Si bien es un alivio para el deudor, el plazo no extenso, pero si le da aire para resolver sin que el erario tenga la posibilidad de iniciar de manera inmediata el embargo.