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Qué aporte obligatorio dejan de pagar los comercios desde junio 2025


A partir de junio 2025 los comercios dejan de estar obligados a realizar aportes al INACAP y la contribución pasa a ser voluntaria

02/06/2025 – 10:42hs


A partir de junio los comercios dejan de estar obligados a realizar aportes al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) y la contribución pasa a ser voluntaria.

Se trata de un instituto que recaudaba unos $70.000 millones al año. En efecto, hasta ahora varios convenios colectivos incluían cláusulas que imponían contribuciones obligatorias a favor de cámaras empresariales, exigidas incluso a empleadores no afiliados ni asociados a esas entidades.

Los empleadores del sector mercantil debían pagar un equivalente al 0,50% del salario inicial de un trabajador encuadrado en la categoría Maestranza “A”. En marzo, este aporte ascendía a $4.725,02 por cada empleado y se ajustaba en cada paritaria de Comercio, independientemente de si los trabajadores se capacitaban o no.

En el caso de no pagar y acumular deudas con el instituto, se intimaba al comerciante y podían iniciarle acciones legales.

Fin del aporte obligatorio al INACAP

El decreto 149/2025, publicado en marzo pasado en el Boletín Oficial, establecía que el aporte obligatorio citado anteriormente no tiene sustento legal y que, por lo tanto, las cámaras no pueden exigir pagos compulsivos a quienes no son parte de sus estructuras.

Según el texto oficial, “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”. Se dieron 90 días de adaptación a las cámaras y por ello, la norma entra en vigencia este mes.

Tras la oficialización, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, aseguró que “en el modelo de la casta, tanto empresarios (no todos) como gremialistas, han logrado ir ‘colando’ otras contribuciones para fines totalmente ajenas al objeto de la negociación salarial. Así, fueron incorporando cargas obligatorias para financiar asociaciones empresarias, ´institutos de capacitación’ y demás objetos variopintos que empezaron a operar como verdaderos impuestos privados”.

Desde la CAC habían dicho en un comunicado luego de conocerse la norma: “Puede afirmarse que los recursos del INACAP no solo permiten una amplia y profesional actividad capacitadora, sino que también resultan fundamentales para cientos de cámaras empresarias de toda la Argentina, que de otro modo probablemente no podrían subsistir”.

En contraposición, en la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM) señalan: “Este aporte sólo encarecía los costos laborales porque no representa ningún beneficio ni para el trabajador ni para el empleado, si decide no capacitarse”. El cese de la obligatoriedad de pago, agregan, “es un cambio significativo en las obligaciones que hasta ahora debían cumplir los empleadores”.

“En virtud del ‘Aviso Importante’ publicado por el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) en la que se insta a seguir pagando de manera obligatoria el aporte, desde CADAM advertimos que la comunicación no es certera y genera confusión, ya que a partir de Junio no se deberá abonar más de manera forzosa según el Decreto 149/2025, que establece que será voluntario. Sin embargo, la comunicación busca evadir el tema y genera confusión, cuando el decreto es determinante”, alertaron.





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